No, no se enviará un oficio formal. Lo indicado en el artículo 6 del Reglamento para el Funcionamiento de la RCSE (https://anci.gob.cl/noticias/diario-oficial-reglamento-rcse/) corresponde a una obligación establecida en el marco normativo de la RCSE, por lo que se espera que cada institución integrante cumpla con la entrega de dicha información de forma proactiva y semestral, sin necesidad de requerimientos adicionales por parte de la Agencia o la RCSE.